VENTURA CASA DE VALORES VENCASA S.A.

Hemos recibido de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, la Resolución Nº SCVS-INMV-DNFCD-2021-00009837 de 04 de noviembre de 2021, suscrita por el Ing. José Ricardo Rivera Mendoza, en su calidad de Intendente Nacional de Mercado de Valores, mediante la cual se resuelve:

SUSPENDER por TREINTA (30) días los efectos de la inscripción en el Catastro Público del Mercado de Valores, del partícipe VENTURA CASA DE VALORES VENCASA S.A., que se encuentra inscrita en el Catastro Público de Mercado de Valores bajo el No. 2007.2.06.00085 del 08 de enero de 2007; dichas inscripciones fueron ordenadas mediante resolución No. 06-G-IMV-0009258 del 27 de diciembre de 2006 por incurrir en las causales previstas en el artículo 22 n° 1, 2 Y 4 de la Ley de Mercado de Valores, en concordancia con los artículos 10 Y 12 del Capítulo I del Título IV del Libro II de la Codificación de las Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, por violación de lo dispuesto en los artículos s/n posterior al 58 n° 4 y 9, 59 n° 3 y Disposición General Décima del Título XXIV de la Ley de Mercado de Valores inserta en el Libro II del Código Orgánico Monetario y Financiero; artículo 10 del Capítulo I, y artículo 23 de la Sección V del Capítulo III, del Título IV del Libro II de la Codificación de las Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, y el artículo 1 del Capítulo II del Título VIII de dicha Codificación, así como el artículo 14 literal a) primer inciso, del Reglamento General de las Bolsas de Valores de Quito y Guayaquil.