Hemos recibido comunicación suscrita por el Ing. Francisco Peña Chavez, en calidad de Gerente General de la compañía Ripconciv Construcciones Civiles Cía. Ltda., en la que nos informa lo siguiente:
SEGUNDA EMISIÓN
“PROGRAMA DE PAPEL COMERCIAL DE RIPCONCIV CONSTRUCCIONES CIVILES CÍA. LTDA.
RIPCONCIV CONSTRUCCIONES CIVILES CÍA. LTDA., informa al mercado su intención de colocar una nueva emisión de papel comercial (Segunda) correspondiente al pago dentro del cupo y plazo autorizados en el programa de emisión autorizado mediante Resolución No. SCVS-IRQ-DRMV-2021-00009123 de 15 de octubre del 2021. A partir del 04 de abril de 2022.
A. SALDO DISPONIBLE DEL PROGRAMA
El 04 de abril de 2022 se vencerá USD 1.000.000,00 del Primer Programa de Papel Comercial de Ripconciv Construcciones Civiles Cía. Ltda., el mismo que estará disponible al mercado y puede ser colocado, dentro del monto autorizado y considerando que la fecha a máxima del programa culmina el 05 de octubre de 2023.
B. MONTO DE PAPEL COMERCIAL EN CIRCULACIÓN
Al 04 de abril de 2022 está en circulación USD 4.000.000,00 del monto del Programa de papel comercial USD 5.000.000,00 autorizados mediante Resolución No. SCVS-IRQ-DRMV-2021-00009123 de 15 de octubre de 2021, pudiéndose volver a colocar el revolvente de USD 1.000.000,00 detallado anteriormente.
C. CARACTERÍSTICAS DE LA SEGUNDA EMISIÓN
1. MONTO DE LA EMISIÓN
USD 1.000.000,00
2.PLAZO, CLASES, TASAS
CLASES | Plazo días (hasta) | Intereses | Amortización | Tasa Fija |
B | 359 | Cero Cupón | Al vencimiento | Cero Cupón |
Los títulos desmaterializados podrán emitirse desde USD 1,00 (UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
Nota: Las nuevas emisiones que se pongan en circulación en uso de la revolvencia propia del programa de emisión de papel comercial, no estarán sujetas a las mismas características de la presente emisión, sino que dichas características serán propias de cada una de ellas y estarán descritas en el correspondiente Anexo a la circular de oferta pública conforme lo determina la Codificación de Resoluciones emitidas por el Consejo Nacional de Valores.
3.AGENTE PAGADOR Y LUGAR DE PAGO
Actuará como agente pagador de las obligaciones de corto plazo p papel comercial el Depósito Centralizado de Compensación y Liquidación de Valores de Banco Central del Ecuador DCV- BCE, entidad con quien ha suscrito para el efecto el correspondiente contrato de servicios. El pago se realizará en la forma en que los obligacionistas instruyan al agente pagador, según las instrucciones y preferencias de cada uno de ellos, pudiendo ser transferencia bancaria o depósito.
Las oficinas del Depósito Centralizado de Compensación y Liquidación de Valores DECEVALE S.A., en las ciudades de Quito o Guayaquil son las siguientes:
Depósito Centralizado de Compensación y Liquidación de Valores DECEVALE S.A. | ||||
CIUDAD | DIRECCIÓN | TELÉFONO | WEB | CORREO ELECTRÓNICO |
Quito | Dirección: Av. Naciones Unidas 1084 y Amazonas, Edificio La Previsora, Torre B, Piso 7, Oficina 703 | (593) 2 2921650 / (593) 2 2258940 | www.decevale.com | decevale@decevale.com |
Guayaquil | Dirección: Pichincha 334 y Elizalde, Edificio del Comercio, Piso 1 | (593) 4 2533625 |
Las demás condiciones acordadas con el Depósito Centralizado de Compensación y Liquidación de Valores del Banco Central del Ecuador DCV- BCE, constan en el documento que se anexa al contrato de Emisión de Obligaciones de corto plazo.
4.MODALIDAD DE PAGO DE CAPITAL E INTERESES
La presente emisión de papel comercial será Cero Cupón.
El pago de la totalidad del capital de cualquier clase del papel comercial se realizará al vencimiento del plazo.
5.SISTEMA DE SORTEOS Y RESCATES ANTICIPADOS
Podrán efectuarse rescates anticipados mediante acuerdos que se establezcan entre LA EMISORA y los obligacionistas, previa resolución unánime de los obligacionistas, dando cumplimiento a lo previsto en el artículo ciento sesenta y ocho (168) de la Ley de Mercado de Valores (Libro II del Código Orgánico Monetario y Financiero). Se requerirá de la Resolución unánime de los Obligacionistas, tomada en Asamblea General. Las obligaciones dejarán de ganar intereses a partir de la fecha de su vencimiento o redención anticipada, salvo incumplimiento del deudor, en cuyo caso se aplicará el interés de mora. Las obligaciones que fueren readquiridas por el emisor, no podrán ser colocadas nuevamente en el mercado.
6.DESTINO DE LOS RECURSOS A CAPTAR
Los recursos captados en virtud del proceso de emisión de obligaciones a corto plazo, se destinarán en Un veinte por ciento 20% para sustitución de pasivos financieros y no financieros y ochenta por ciento (80%) para pago a proveedores; quedando su gerente General o su reemplazo según los estatutos de la compañía, debidamente facultado, autorizado para definir y detallar los montos o rangos correspondientes respecto del destino de la emisión y detallar la dirección de los mismos.
7.REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS
Cevallos Mora & Peña Abogados & Consultores Cía. Ltda. | |
Representante de los Obligacionistas | |
Razón Social: | Cevallos Mora & Peña Abogados & Consultores Cía. Ltda. |
R.U.C | 1792300827001 |
Representante Legal: | Diego Peña García |
Ciudad | Quito |
Provincia: | Pichincha |
Cantón | Quito |
Dirección | Av. Orellana E11-28 y Av Coruña Edificio Orellana, 5to piso Of. 501 |
Teléfono | (02) 2527484 |
Correo electrónico | info@cmp-abogados.com |
D. DECLARACIÓN JURAMENTADA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL EMISOR
Francisco Peña, en su calidad de Representante Legal de la compañía RIPCONCIV CONSTRUCCIONES CIVILES CÍA LTDA., declaro bajo juramento que la información contenida en esta Circular de Oferta Pública es fidedigna, real y completa y que seré penal y civilmente responsable, por cualquier falsedad u omisión en la circular, eximiendo tanto a la autoridad como a los estructuradores financieros y legal de cualquier responsabilidad, en tal sentido.”
La fecha de negociación ha sido fijada para el día lunes 04 de abril de 2022.