El dictamen de la Corte Constitucional (CC) que declaró la constitucionalidad del acuerdo comercial entre Ecuador y Costa Rica, siempre y cuando se subsanen ciertos artículos contrarios a la Constitución, sobre todo en el tema de protección de inversiones, sigue generando reacciones. Esta vez el sector exportador y el empresarial, en general, rechazaron lo interpretado por el organismo constitucional.
La Corte declaró inconstitucional la posibilidad de someter a arbitraje las controversias derivadas del acuerdo por incurrir en la prohibición establecida en el artículo 422 de la Constitución “por cuanto el Estado ecuatoriano cede jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, toda vez que dichos artículos contemplan la posibilidad de que se solucionen controversias contractuales entre inversionistas, es decir, personas naturales y jurídicas privadas, y Estados, a través de instancias de arbitraje internacional, como el Ciadi”.
La negociación del Acuerdo de Asociación Comercial Ecuador-Costa Rica comenzó en junio del 2022, durante la IX Cumbre de las Américas; y culminó el 19 de diciembre pasado. El tratado se firmó el 1 de marzo pasado en San José, Costa Rica.
Mientras, el Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE), a través de un comunicado, afirmó que el actuar de la Corte bloquea el proceso de apertura comercial del Ecuador y obstaculiza la promoción de inversiones, generación de empleos, dinamización de las exportaciones y el desarrollo nacional, comprometiendo gravemente el futuro del país.
El gremio indicó que el dictamen de la CC alega una inexistente cesión de soberanía e ignora un dictamen emitido por la misma Corte en el pasado, en el que se reconoce expresamente la posibilidad de que el Estado pueda pactar mecanismos de solución de controversias ante órganos jurisdiccionales designados, como bien puede ser el arbitraje.
Por su parte, la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor) expuso su preocupación ante el dictamen de la Corte, al señalar que este impide el crecimiento de las exportaciones y el desarrollo del país.
“Esta decisión va en sentido contrario y dilata todos los esfuerzos que hemos impulsado por asegurar apertura de mercados para nuestros productos de exportación, así como alternativas seguras de atracción de inversiones extranjeras que amplíen la capacidad de generación de empleo en actividades productivas”, indicó el gremio exportador, que recordó que participó dentro del proceso con la presentación de un amicus curiae que puso en contexto la necesidad y viabilidad legal de avanzar favorablemente en el dictamen para la aprobación por parte de la Asamblea Nacional para este acuerdo comercial.
Sin embargo, para el sector, el pronunciamiento dividido de la Corte con cuatro votos salvados reflejaría que no existe unánime claridad respecto a la interpretación constitucional de estas cláusulas contenidas en el texto negociado.
El gremio agregó que queda claro que los criterios de los cinco jueces que conformaron la mayoría en este fallo están desconectados y son ajenos a las necesidades y realidad del país. Además, aseguran que su decisión limita la posibilidad de captar inversiones y ampliar las posibilidades de exportación.
“En nuestra opinión resulta inentendible e irresponsable que la Corte Constitucional no haya actuado de manera oportuna en pronunciarse sobre la interpretación del artículo 422 de la Constitución, con lo que se habría evitado llegar a una circunstancia en la que el país debe replantear una renegociación del texto de resultado incierto que desgasta la imagen y seriedad del Ecuador a nivel internacional para hacer negocios y generar empleos”, expuso Fedexpor.
Por su parte, la Cámara de Comercio de Quito (CCQ) también se une al rechazo del dictamen de la Corte, al señalar que la Constitución es clara: no solo especifica que el arbitraje no está prohibido sino que la propia norma suprema lo reconoce como un medio de solución de controversias, sostuvo Mónica Heller, titular del gremio, quien aclaró que lo que prohíbe la Constitución es ceder jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas, tal como se argumenta en el dictamen de voto salvado.
Heller agregó con preocupación que la reciente decisión de la Corte Constitucional genera preocupación en el ámbito comercial, ya que elimina la posibilidad de firmar acuerdos bilaterales de inversión. “Esta medida podría tener implicaciones significativas para el desarrollo económico y la atracción de inversiones al país”, también analiza la presidenta de la CCQ.
Cifras de intercambio comercial con Costa Rica
Actualmente, el comercio entre Costa Rica y Ecuador supera los $ 25 millones, siendo ese país el decimoquinto destino de las exportaciones ecuatorianas en Latinoamérica; y se espera que, con la implementación de este acuerdo, las exportaciones totales de Ecuador a ese destino se incrementen en $ 2,9 millones.
Durante los últimos seis años el promedio de inversión extranjera directa (IED) en el Ecuador desde Costa Rica alcanzó un monto de $ 26,1 millones; siendo el 2021 el año de mayor flujo con $ 85,1 millones, según cifras reveladas por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.
En el primer trimestre de 2022, la IED desde Costa Rica fue de $ 6 millones que corresponden principalmente al sector de industria manufacturera con $ 83,8 millones, que representan el 98,6 % del total de la IED desde el país tico. En segundo lugar está el sector de construcción; seguido de transporte, almacenamiento y telecomunicaciones y finalmente los servicios comunales, sociales y personales. (I)