Ley tributaria debe ser tratada con urgencia por plazo de vigencia y necesidad de recursos

Esta semana llegaría a la Asamblea, con carácter de urgente en materia económica, una reforma tributaria que tendría como principal propósito recaudar entre $ 700 y $ 1.000 millones de ingresos considerados permanentes a fin de estabilizar las finanzas públicas. Esta llegaría al mismo tiempo que la laboral, pero en dos leyes distintas, según el acuerdo al que llegaron la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, y el presidente de la República, Guillermo Lasso.

De acuerdo con Napoleón Santamaría, analista tributario, la importancia de esta reforma tributaria para el Gobierno tiene que ver con al menos dos consideraciones. La primera es que el Acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) -multilateral que le acaba de prestar al país $ 800 millones en buenas condiciones- tiene previsto en su carta de intención la aprobación de esta reforma tributaria.

Aún restan por entregar unos $ 1.700 millones entre 2022 y 2023, que son parte de ese Acuerdo, menciona.

Adicionalmente, la reforma tributaria debe entrar antes de que termine el año, para que así pueda entrar en vigencia en el 2022. Si por algún inconveniente, esta se llegara a aprobar, por ejemplo el 1 de enero de 2022, solo podría entrar en vigencia a partir del 2023.

Entre tanto, en estos días el Ministerio de Finanzas continúa afinando los números y buscando subsanar ciertos “errores que se han deslizado” en la ley, según dijo el presidente de la República, Guillermo Lasso. El presidente ha adelantado que se podría hacer una modificación en la contribución al patrimonio “cargando más la mano” a las empresas que a las personas. En el proyecto original se preveía que las personas que tienen patrimonios mayores a $ 500.000 contribuyeran con $ 320 millones en dos años. En cambio, las empresas con patrimonios de más de $ 1′000.000 podrían llegar a entregar $ 105 millones, pero por un solo año.

De acuerdo con Alberto Acosta Burneo, editor de Análisis Semanal, el impuesto al patrimonio no es conveniente, pues lo que hace es desincentivar la inversión e incentiva que se escondan los patrimonios.

En todo caso, dice que al estar afinando el tema, el Gobierno debería revisar, por ejemplo, que patrimonio no es sinónimo de liquidez y que podrían generase problemas con personas que tienen grandes patrimonios porque tiene grandes extensiones de tierras, pero no necesariamente son productivas y por lo tanto no tendrían liquidez.

Otro tema que se podría mejorar es no dar paso al incremento del impuesto a los consumos especiales de productos según el origen. Esto porque, por ejemplo, había una diferenciación entre los vinos nacionales y extranjeros. Esto puede ser tomado como una discriminación que puede afectar las relaciones comerciales. Más bien debe calcularse, de acuerdo con el tamaño de la empresa, sugiere.

Otro tema por mejorar, ya que no va en la línea correcta, es el gravar con el impuesto al valor agregado (IVA) a productos que generan energía más limpia como paneles solares, cocinas a inducción. Esto porque se contradice con las políticas de bajar el consumo del GLP cuyo subsidio ahora mismo representa unos $ 900 millones al año.

Santamaría, por su parte, destaca que el presidente ha reconocido que hubo errores, pero piensa que más allá del cambio al tema del patrimonio, debe buscar pulirla un poco más. Por ejemplo, piensa que se debería desistir de eliminar el impuesto a la herencia, ya que este solo beneficia a quienes heredan y puede interpretarse como que está buscando beneficiarse de manera personal. En cuanto al patrimonio, dice, debería establecerse que deben pagar tanto los residentes como los no residentes en el país.

Pese a la urgencia con la que se envíe la ley, por temas de plazos del tratamiento de la ley, seguramente, esta reforma no estará aprobada antes de que se envíe la proforma presupuestaria 2022. De acuerdo con la Constitución, esta debe ser presentada 60 días antes de que termine el ejercicio fiscal. Es decir el 30 de octubre.

En este sentido Alberto Acosta explicó que los recursos que se obtendrían de la reforma tributaria no podrán constar en la nueva proforma, pues no se puede incluir algo que no esté aprobado. Sin embargo, explica que esto no representa un problema, pues una vez aprobada, el Gobierno podrá ajustar ese presupuesto ya en la ejecución.

Nuevo régimen para microempresarios beneficiaría a unos 770.000 negocios
La reforma tributaria propuesta por el Gobierno traería la eliminación del 2 % de impuesto a la renta para microempresarios y del Régimen Impositivo Simplificado (RISE). Sin embargo, este se remplaza por otro sistema, parecido, pero más progresivo que es el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe).

El nuevo régimen se aplicaría a unas 770.000 empresas, explica Napoleón Santamaría, analista tributario. Esto según el nuevo catastro que emitió hace pocos días el Servicio de Rentas Internas (SRI). Explica que antes de este nuevo catastro, existían al menos un millón de empresas en la categoría de microempresarios. Sin embargo, ahora han pasado 230.000 al régimen general en el cual se paga 25 % de impuesto a la renta.

En todo caso, al momento aún está vigente el régimen para microempresarios. De acuerdo con el decreto 1240, emitido por el gobierno de Lenín Moreno, los microempresarios tienen para pagar el 2 % de impuesto a la renta hasta noviembre de 2021. En primera instancia se debía pagar en el enero y febrero del 2021. Sin embargo, el decreto 1240, que reforma el reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno en la parte relacionada con el Régimen Impositivo para Microempresas (RIM) lo extendió hasta noviembre.

Se aplica sobre las personas, naturales y jurídicas que constan como microempresarios hasta el 31 de enero de 2021, y que durante el 2020 no hayan generado utilidad, sin considerar ingresos y gastos atribuibles a actividades sujetas al RIM.

De acuerdo con la disposición también se debe pagar el impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2021 de manera semestral en los meses de julio de 2021 y enero de 2022, hasta el mes de marzo del ejercicio fiscal 2022.

DIARIO EL UNIVERSO