Hemos recibido comunicación suscrita por el señor Juan Alfonso Marquez, en calidad de Gerente General de la compañía INTEROC S.A., donde nos informa lo siguiente:
“SEGUNDA EMISIÓN DENTRO DEL PROGRAMA DE PAPEL COMERCIAL DE INTEROC S.A.
INTEROC informa al mercado su intención de colocar una nueva emisión de papel comercial (Quinta) correspondiente al pago dentro del cupo y plazo autorizados en el programa de emisión autorizado mediante Resolución No. SCVS-INMV-DNAR-2018-00010172 de 6 de noviembre del 2018.
A. SALDO DISPONIBLE DEL PROGRAMA
En la fecha detallada a continuación se dará la siguiente intención de colocación, por lo que dicho monto estará disponible al mercado y podrá ser colocado, dentro del monto autorizado.
Monto Total Nominal (USD) |
4.800.000,00 |
B. MONTO DE PAPEL COMERCIAL EN CIRCULACIÓN
Al día de hoy están autorizados, mediante Resolución No. SCVS-IRQ-DRMV-SAR-2018-00010172 de 6 de noviembre del 2018, dentro del programa de papel comercial USD 200,000,00.
C. CARACTERÍSTICAS DE LA SEGUNDA EMISIÓN
1. MONTO DE LA EMISIÓN
USD 4.800.000,00
2. PLAZO, CLASES, TASAS
CLASES | Plazo días (hasta) | Intereses | Amortización | Tasa Fija |
F | 359 | Cero Cupón | Al vencimiento | Cero Cupón |
Los títulos desmaterializados podrán emitirse desde USD 1,00 (UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
Nota: Las nuevas emisiones que se pongan en circulación en uso de la revolvencia propia del programa de emisión de papel comercial, no estarán sujetas a las mismas características de la presente emisión, sino que dichas características serán propias de cada una de ellas y estarán descritas en el correspondiente Anexo a la circular de oferta pública conforme lo determina la Codificación de Resoluciones emitidas por el Consejo Nacional de Valores.
3. AGENTE PAGADOR Y LUGAR DE PAGO
Actuará como agente pagador de las OBLIGACIONES el Depósito Centralizado de Compensación y Liquidación de Valores del Banco Central del Ecuador DCV-BCE, entidad con quien ha suscrito para el efecto el correspondiente contrato de servicios. El pago se realizará mediante crédito a la cuenta que cada OBLIGACIONISTA señale.
Las oficinas del Depósito Centralizado de Compensación y Liquidación de Valores del Banco Central del Ecuador DCV-BCE, en las ciudades de Quito o Guayaquil son las siguientes:
Las demás condiciones acordadas con el Depósito Centralizado de Compensación y Liquidación de Valores del Banco Central del Ecuador DCV-BCE constan en el documento que se anexa al presente instrumento.
4. MODALIDAD DE PAGO DE CAPITAL E INTERESES
La presente emisión de papel comercial será Cero Cupón.
El pago de la totalidad del capital de cualquier clase del papel comercial se realizará al vencimiento del plazo.
5. SISTEMA DE SORTEOS Y RESCATES ANTICIPADOS
Podrán efectuarse rescates anticipados mediante acuerdos que se establezcan entre LA EMISORA y los obligacionistas, previa resolución unánime de los obligacionistas, dando cumplimiento a lo previsto en el artículo ciento sesenta y ocho (168) de la Ley de Mercado de Valores (Libro II del Código Orgánico Monetario y Financiero). Se requerirá de la Resolución unánime de los Obligacionistas, tomada en Asamblea General. Las obligaciones dejarán de ganar intereses a partir de la fecha de su vencimiento o redención anticipada, salvo incumplimiento del deudor, en cuyo caso se aplicará el interés de mora. Las obligaciones que fueren readquiridas por el emisor, no podrán ser colocadas nuevamente en el mercado.
6. DESTINO DE LOS RECURSOS A CAPTAR
Los recursos captados en virtud del proceso de emisión de obligaciones a corto plazo, se destinaran en un 40% para sustitución de pasivos con soto(instituciones financieras) y 60% para sustitución de pasivos sin costo (proveedores)
7. REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS
D. DECLARACIÓN JURAMENTADA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL EMISOR
Juan Alfonso Márquez Galeas y Luis Boloña Colón, en mi calidad de Representante Legal de la compañía Interoc S.A., declaro bajo juramento que la información contenida en esta Circular de Oferta Pública es fidedigna, real y completa y que seré penal y civilmente responsable, por cualquier falsedad u omisión en la circular, eximiendo tanto a la autoridad como a los estructuradores financieros y legal de cualquier responsabilidad, en tal sentido.
La fecha de negociación ha sido fijada para el viernes 16 de noviembre de 2018.