Según la Constitución, los acuerdos comerciales que el país suscriba con otros países deberán ser aprobados o rechazados por el poder Legislativo, pero con una Asamblea disuelta eso ahora no es posible. No obstante, el Gobierno busca la vía, para que sea la Corte Constitucional la que pueda poner en vigencia el tratado comercial con China, aunque sea de manera temporal.
Julio José Prado, ministro de Industrias y Producción, aseguró a EXPRESO, que, junto a la Secretaría Jurídica, se revisa esa posibilidad. Sobre el tema, aclara, se requiere de un pronunciamiento de la Corte.
“La Asamblea no puede cambiar el acuerdo. Solo puede aprobarlo o rechazarlo. Entonces, no habiendo una ley específica con respecto al tema de acuerdos comerciales, vamos a necesitar un pronunciamiento de la Corte para saber si es que la Corte solo da el dictamen relacionado con la constitucionalidad o si ese mismo dictamen, dado que hoy por hoy no existe Asamblea, puede hacer que el acuerdo entre en vigencia inmediatamente, luego de un dictamen favorable”, dijo el secretario de Estado.
No obstante, esta vigencia podría ser temporal, “porque al final del día, cualquier proyecto de ley que se apruebe a través de la Corte, a través de este periodo de muerte cruzada, tiene que ser ratificado o rechazado después por la Asamblea, que es lo mismo que tiene que suceder con los acuerdos comerciales”.
De esta posible temporalidad, el Gobierno no ha hablado con su par de China, porque primero se esperará una respuesta. Con ello, explica Prado, el sector comercial no esperaría la conformación de una nueva Asamblea, que pueda tardar 6 meses, para acceder a los beneficios que otorga este acuerdo.
Tal como se ha dicho antes, El tratado permitirá liberar de aranceles para el ingreso a China de manera inmediata al 50 % de la oferta exportable de Ecuador, lo que llegará al 99,6 % en el transcurso de diez años, ya que habrá desgravaciones paulatinas en otros productos.
La estrategia no solo se aplicaría con el acuerdo con China, también se busca lo mismo para el tratado firmado con Corea del Sur y Cosa Rica.
“Nosotros lo que queremos es dar seguridad jurídica a estos tratados. Y también dar la seguridad a los inversionistas, sobre cómo va a regir esto. El acuerdo con Costa Rica, por ejemplo, tiene temas de inversiones, de servicios, de acceso al mercado. Lo que quiere un inversionista es a partir de cuándo puede tener estas reducciones y beneficios arancelarios y que no vayamos a tener un retroceso después. Eso es lo que se analiza”.
El sector empresarial se mantiene expectante de lo que pueda suceder. Pero Gustavo Cáceres, director Ejecutivo de la Cámara de Comercio Ecuatoriano China, considera que de no poder aplicarse esto, un atraso de 6 meses no sería un mayor problema.
“A mi criterio no cambian los plazos. En los países donde hay un acuerdo con China, entiéndase Chile, Perú y Costa Rica, desde el momento de la firma, hasta que entró en vigencia en promedio el tiempo que pasó fue de un año. No es algo que ya se firma y de forma inmediata entra en vigencia. Así que se podría decir que los plazos se mantendrían igual”, señaló.