El 23 de noviembre se reunirá el Consejo para fijar el salario del 2022

Este martes 23 de noviembre del 2021 está previsto que se realice la segunda sesión del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS) para fijar el salario básico unificado (SBU) del 2022.

En la primera sesión del 9 de noviembre de 2021 el Consejo expuso a los representantes de los trabajadores y empleadores las previsiones de crecimiento macroeconómico, los indicadores laborales y de inflación, así como la inflación proyectada para el siguiente año.

Empresarios y trabajadores llegarán a esta segunda reunión sin una cifra definida. Sin embargo, el tema de debate gira en torno a la promesa de campaña del presidente Guillermo Lasso de incrementar el salario de USD 400 a USD 500.

El ministro de Trabajo, Patricio Donoso, ha adelantado que el incremento será hasta 2025 y no hay una cantidad fija o meta de incremento para cada año.

Los empleadores consideran que el valor debe establecerse tomando en cuenta que el país se encuentra todavía en un periodo de recuperación económica.

Por su parte, Édgar Sarango, presidente de la Central de Trabajadores del Ecuador, señaló que el incremento salarial es una promesa en firme y es algo que se debe cumplir o, de ser el caso, indicar los mecanismos que se aplicarán para llegar a alcanzar ese compromiso.

Mesías Tatamuez, presidente de la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Clasistas Unitarias de Trabajadores (Cedocut), señaló que la fijación de salarios para 2022 se convierte, como todo fin de año, en un punto álgido de discusión, sobre todo frente a la situación que vive el país.

Tatamuez exige que se cumpla con la oferta de campaña del Gobierno: “Lo mínimo que esperamos es que exista dicho aumento para mejorar las condiciones de las familias ecuatorianas”.

En septiembre de 2020, el Gobierno emitió un Acuerdo Ministerial donde estableció la fórmula para el cálculo de la variación anual al SBU, la cual también aplica para los salarios básicos sectoriales. La fórmula está determinada por variables como inflación, empleo, productividad, entre otros.

Según el artículo 118 del Código Laboral, si este Consejo no llega a un consenso, el Ministro del Trabajo fijará el salario “en un porcentaje de incremento equivalente al índice de precios al consumidor (inflación) proyectado, establecido por la entidad pública autorizada para el efecto”.

El director Ejecutivo del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), Roberto Castillo, señaló en la primera reunión que la tasa mensual de inflación en septiembre de 2021 fue de 0,02%, en octubre de 0,21%; mientras que la tasa de inflación anual está en 1,47%. El funcionario estimó que no pasará de 1,8% al finalizar el año.

DIARIO EL COMERCIO