Hemos recibido comunicación suscrita por el señor ARQ. Hernán Molina, en calidad de Gerente General de la compañía Constructora de Diseños Productivos, Construdipro S.A., donde nos informan lo siguiente:
“Yo, Arq. Hernán Molina Saldaña, en mi calidad de Gerente General de CONSTRUCTORA DE DISEÑOS PRODUCTIVOS, CONSTRUDIPRO S.A., en relación a la Segunda emisión de obligaciones a largo plazo, aprobado mediante resolución N. SCVS-INMV-DNAR-2018- 0000713 del 24 de enero del 2018, informo a usted los siguiente:
Con fecha 23 de junio del 2021, a solicitud nuestra, el representante de los obligacionistas el Estudio Jurídico MOBO LAW FIRM CHERREZ & PROAÑO CIA. LTDA. procedió a la convocatoria de Asamblea de Obligacionistas que tenía como punto de orden del día: Conocer y resolver respecto de las medidas propuestas por CONSTRUCTORA DE DISEÑOS PRODUCTIVOS CONSTRUDIPRO S.A, para enfrentar la actual crisis económica del país y garantizar los pagos correspondientes a la SEGUNDA EMISIÓN DE OBLIGACIONES A LARGO PLAZO.
En la mencionada Asamblea expusimos las razones por la cuales, dada la compleja situación económica que viene atravesando el Sector de la Construcción, la cual, es de conocimiento público; mi representaba solicitó restructurar el pago de los cupones de capital a vencer en el mes de agosto y noviembre del presente año, y cancelarios al último cupón de la emisión. Sin embargo, no hubo conceso para una decisión debido a que los Inversionistas requerían la aprobación de sus organismos internos para aceptar nuestra propuesta, por lo que se acordó que una vez que se tenga la decisión se llamaría a una nueva asamblea para tomar alguna decisión antes de que termine el presente mes de julio.
Desde la fecha en mención hasta la presente fecha, 50% de los inversionistas nos manifestaron su aceptación a la propuesta, por otra parte, el otro 50% por ser una entidad pública debido a los cambios en su estructura de gobierno, hasta la presente fecha no ha dado una respuesta que nos permita una 2da convocatoria para definir sobre nuestra propuesta. De acuerdo, con lo estipulado en el artículo 168 de la Ley de Mercado de Valores.
En vista de que esta próximo a vencer el siguiente dividendo en los primeros días del mes de agosto, mi representada informa a usted que debida a las dificultades originadas por la reducción de actividades productivas y de liquidez del sector que afecta a la operación normal de nuestra Empresa, procederemos con el pago del cupón de intereses, quedando el pago del cupón de capital pendiente hasta que se haga efectiva la realización de la Asamblea de obligacionista que fue propuesta por las razones previamente mencionadas.