Hemos recibido comunicación suscrita por la Ing. Andrea Paredes Rodríguez, en calidad de Gerente General de la Calificadora de Riesgos Summaratings S.A., donde nos informa lo siguiente:
“Calificadora de Riesgos Summaratings S.A. en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 14 del artículo 5 de la CODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES MONETARIAS, FINANCIERAS, DE VALORES Y SEGUROS, LIBRO II MERCADO DE VALORES, TÍTULO V INFORMACIÓN, CAPÍTULO I: HECHOS MATERIALES O RELEVANTES, en el que se indica lo siguiente:
“Art. 5.-Hechos relevantes: Además de lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Mercado de Valores, se determina como hechos materiales o relevantes, los siguientes: (…) 14.La celebración o terminación de contratos que pudieran tener una incidencia trascendente en sus actividades regulares, en sus resultados operativos o en el índice de negociabilidad o liquidez de sus valores o en su cotización.(…)
Con lo antes expuesto y en concordancia a lo dispuesto por el artículo 25 de la Sección III: Disposiciones generales, de la normativa ya citada mi representada cumple en informar que a la presente fecha se ha cumplido el plazo de los contratos de servicios de Calificación de Riesgos entre mi representada y PETRÓLEOS DE LOS RÍOS PETROLRÍOS C.A., correspondiente a la Segunda y Tercera Emisión de Obligaciones, por lo que se comunica que a la presente fecha mi representada ya no es la firma calificadora de la compañía PETRÓLEOS DE LOS RÍOS PETROLRÍOS C.A.