La Bolsa de Valores de Quito, nos ha informado lo siguiente:
“En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 10 de la Sección II Capítulo IV, Título II, Libro II de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, por medio de la presente, notificamos a las Bolsas de Valores la intención de colocación de papel comercial y el correspondiente “Anexo a la Circular de Oferta Pública de Papel Comercial – Veconsa S.A.”
Mediante Resolución No. SCVS-INMV-DNAR-2020-00003348 de fecha 01 de junio de 2020 expedida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros se aprobó la emisión y el contenido del presente Programa de Emisión de Papel Comercial, autorizó la oferta pública de la referida emisión y se dispuso la inscripción de los valores de Oferta Pública en el Catastro Público de Mercado de Valores.
2. CARACTERÍSTICAS DE LA DÉCIMA PRIMERA EMISIÓN DE PAPEL COMERCIAL
2.1. Monto de Papel Comercial en circulación (Al 05 de octubre de 2021)
Al 05 de octubre de 2021, se encuentra intencionado y/o en circulación USD 8´500.000,00 dentro del Cuarto Programa de Emisión de Papel Comercial de Veconsa S.A., y, por tanto, el monto disponible por colocar es USD 1’500.000,00.
Las características de la décima primera emisión, dentro del Cuarto Programa de Papel Comercial, aprobado por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros – Dirección Nacional de Mercado de Valores mediante resolución No. SCVS-INMV-DNAR-2020-00003384 de fecha 1 de junio de 2020; son las que constan a continuación:
2.2. Monto de la décima primera emisión:
Un millón quinientos mil (USD 1.500,00) con 00/100 de dólares de Estados Unidos de América.
2.3. Tasa de interés y forma de reajuste:
Las obligaciones no generarán ningún tipo de interés y se negociarán con descuento (cero cupón).
2.4. Plazo de la emisión y plazo de colocación:
La décima primera emisión corresponderá a la Clase K cuyo plazo estará determinado de acuerdo al siguiente detalle:
Clase | Monto por Clase (US $) | Plazo (días) |
K | 1.500.000,00 | Hasta 229 días |
El plazo de colocación de la Clase K, será el dispuesto y aprobado por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros mediante resolución No. SCVS-INMV-DNAR-2020-00003348 de fecha 1 de junio de 2020, no pudiendo superar la fecha de autorización de oferta pública que está dispuesta para el día 22 de mayo de 2022.
2.5. Indicación de ser desmaterializada o no:
Por tratarse de obligaciones de corto plazo o Papel Comercial desmaterializadas, éstas corresponden a anotaciones en cuenta y no tienen existencia física o material.
Para sus efectos legales, se entenderá que son notas contables efectuadas en un registro electrónico y que son constitutivas de la existencia de valores desmaterializados, así como de los derechos y obligaciones de sus emisores y de sus legítimos propietarios.
2.6. Indicación de ser a la orden o al portador:
Las obligaciones o valores del papel comercial se emitirán de forma desmaterializada.
2.7. Indicación del número de clase, el monto de cada clase, el valor nominal de cada valor y el número de títulos a emitirse en cada clase, en el caso de estar representada por títulos:
El valor mínimo de negociación de cada una de las obligaciones será de mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 1.000,00), pudiendo emitirse obligaciones por montos mayores, siempre que sean en múltiplos de mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 1.000,00), conforme el siguiente detalle:
Clase | Monto por Clase (USD) | Valor Nominal de Cada Valor (USD) | Número de Valores por Clase |
K | 1’500.000,00 | 1.000,00 | 1.500 |
Nota: Las nuevas emisiones que se pongan en circulación en uso de la revolvencia propia del programa de emisión de Papel Comercial, no estarán sujetas a las mismas características de la presente emisión, sino que dichas características serán propias de cada una de ellas y estarán descritas en el correspondiente Anexo a la Circular de Oferta Pública conforme lo determina la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros emitidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera o la normativa vigente y aplicable.
2.8. Sistema de amortización para el pago del capital e intereses:
Las obligaciones a emitirse serán cero cupón, es decir, no pagarán intereses; y, los valores serán vendidos con descuento por lo que no se abona cantidad alguna en concepto de intereses o de amortización hasta la fecha de vencimiento, en consecuencia, no existirá ningún tipo de cupón para el pago de capital e intereses. El capital de las obligaciones de corto plazo o papel comercial, por tener la característica de cero cupón, será pagado a su vencimiento.
2.9. Sistema de sorteos y rescates anticipados, en caso de haberlos:
El programa y sus distintas emisiones no contemplan rescates anticipados, por lo tanto, no establece ningún procedimiento para el efecto ni ningún sistema de sorteos.
2.10. Destino detallado y descriptivo del uso de recursos provenientes de la colocación de la emisión del papel comercial:
Los recursos provenientes de la colocación de los valores de la emisión de obligaciones de corto plazo o papel comercial serán utilizados en un 100 % para capital de trabajo consistente en el pago a proveedores.
2.11. Indicación del nombre del representante de los obligacionistas con la dirección, número de teléfono, número de fax, dirección de correo electrónico:
Actuará como representante de obligacionistas el Estudio Jurídico Pandzic & Asociados S.A., representado por la Abogada Radmila Pandzic Arapov.
Guayaquil – Ecuador
Urb. La vista San Eduardo. Av. del Bombero Km 6.5
Edif. 100. Piso 4. Of. 410 – 411
(593 4) 600-0985 / 600-6489
rpandzic@pandzic.ec
La fecha de negociación de estos valores ha sido fijada a partir del día martes 5 de octubre de 2021.”