Hemos recibido comunicación suscrita por la señora María del Carmen Astudillo, en calidad de Gerente General de la compañía Reybanpac, Rey Banano Del Pacífico C.L., donde nos informa lo siguiente:
DÉCIMA QUINTA
“Segundo Programa de Papel Comercial Reybanpac, Rey Banano del Pacífico C.L. USD 20´000,000.00
Monto intencionado / colocado / en circulación dentro del Programa al 29 de septiembre de 2021: USD 19,900,000.00
Monto disponible dentro del Programa 29 de septiembre de 2021: USD 1.000.000,00
b. Razón social o nombre comercial del Emisor: Reybanpac, Rey Banano del Pacífico C.L.
c. Mediante Resolución No. SCVS-INMV-DNAR-2020-00003912 de fecha 6 de julio de 2020 expedida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros se aprobó́ la emisión y el contenido del presente Programa de Emisión de Papel Comercial, autorizó la oferta pública de la referida emisión y se dispuso la inscripción de los valores de Oferta Publica en el Catastro Publico de Mercado de Valores.
Valor: Inscripción No. 2020.G.02.002944 de fecha 6 de julio de 2020
d. Razón social de la calificadora y las categorías de calificación de riesgo del programa:
Razón Social de la Calificadora de Riesgos: Calificadora de Riesgos Bankwatch
Riesgo: Ratings del Ecuador S.A
Calificación: AAA
e. Nombre y firma del Estructurador
Picaval Casa de Valores S.A.
f. Cláusula de exclusión, según lo establece el artículo 15 de la Ley de Mercado de Valores
La aprobación de la Circular de Oferta Pública no implica de parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros ni de los miembros de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, recomendación alguna para la suscripción o adquisición de las obligaciones emitidas por Reybanpac, Rey Banano del Pacífico C.L., ni pronunciamiento en sentido alguno sobre su precio, la solvencia de la entidad emisora, el riesgo o la rentabilidad de la emisión.
2. CARACTERÍSTICAS DE LA DÉCIMA QUINTA EMISIÓN
2.1.- Monto de Papel Comercial en circulación (Al 29 de septiembre de 2021)
Al 29 de septiembre de 2021, se encuentra en intencionado y/o en circulación USD 19.000.000.00 dentro del Segundo Programa de Emisión de Papel Comercial de Reybanpac, Rey Banano del Pacífico C.L.., y, por tanto, el monto disponible por colocar es USD 1.000.000,00
Las características de la décima cuarta emisión, dentro del Segundo Programa de Papel Comercial, aprobado por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros – Dirección Nacional de Mercado de Valores mediante resolución No. SCVS-INMV- DNAR-2020-00003912 de fecha 6 de julio de 2020; son las que constan a continuación:
2.2.-Monto de la décima cuarta emisión:
Un millón (USD 1.000.000,00) con 00/100 de dólares de Estados Unidos de América.
2.3.- Tasa de interés y forma de reajuste:
El capital de las obligaciones de corto plazo o papel comercial, por tener la característica de cero cupón, será pagado a su vencimiento. Los Valores emitidos no pagarán interés y se negociarán a descuento.
2.4.- Plazo de la emisión y plazo de colocación:
La décima cuarta emisión corresponderá a la Clase N cuyo plazo estará determinado de acuerdo al siguiente detalle:
Clase | Monto por Clase (US $) | Plazo (días) |
O | 1.000.000,00 | Hasta 270 días |
El plazo de colocación de la Clase N será el dispuesto y aprobado por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros mediante resolución No. SCVS-INMV-DNAR-2020-00003912 de fecha 6 de julio de 2020, no pudiendo superar la fecha de autorización de oferta pública que está dispuesta para el día 26 de junio de 2022.
2.5.- Indicación de ser desmaterializada o no:
Las obligaciones o valores del Papel Comercial se emitirán de forma desmaterializada, éstas corresponden a anotaciones en cuenta y no tienen existencia física o material.
Para sus efectos legales, se entenderá que son notas contables efectuadas en un registro electrónico, y que son constitutivas de la existencia de valores desmaterializados, así como de los derechos y obligaciones de sus emisores y de sus legítimos propietarios.
2.6.- Indicación de ser a la orden o al portador:
Las obligaciones o valores del papel comercial se emitirán de forma desmaterializada.
2.7.- Indicación del número de clase, el monto de cada clase, el valor nominal de cada valor y el número de títulos a emitirse en cada clase, en el caso de estar representada por títulos:
El valor nominal de cada una de las obligaciones será de mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 1.000,00), pudiendo emitirse obligaciones por montos mayores, siempre que sean en múltiplos de mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 1.000,00).
El valor de negociación mínimo, en mercado primario, será de cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 50.000,00).
Clase |
Monto por Clase (USD) |
Valor Nominal de Cada Valor
(USD) |
Número de Valores por Clase |
O | 1.000.000,00 | 1.000,00 | 100 |
Nota: Las nuevas emisiones que se pongan en circulación en uso de la revolvencia propia del programa de emisión de Papel Comercial, no estarán sujetas a las mismas características de la presente emisión, sino que dichas características serán propias de cada una de ellas y estarán descritas en el correspondiente Anexo a la Circular de Oferta Pública conforme lo determina la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros emitidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera o la normativa vigente y aplicable.
2.8.- Sistema de amortización para el pago del capital e intereses:
El capital de las obligaciones de corto plazo o papel comercial, por tener la característica de cero cupón, será pagado a su vencimiento. Los Valores emitidos no pagarán interés y se negociarán a descuento.
2.9.- Sistema de sorteos y rescates anticipados, en caso de haberlos:
El programa y sus distintas emisiones no contemplan rescates anticipados, por lo tanto, no establece ningún procedimiento para el efecto ni ningún sistema de sorteos.
2.10.- Destino detallado y descriptivo del uso de recursos provenientes de la colocación de la emisión del papel comercial:
Los recursos provenientes de la colocación de los valores de la emisión de obligaciones de corto plazo o papel comercial serán utilizados en un 100% para capital de trabajo destinados al pago a proveedores.
2.11.- Indicación del nombre del representante de los obligacionistas con la dirección, número de teléfono, número de fax, dirección de correo electrónico:
Alpe Law S.A
Quito – Ecuador
Quito – Ecuador
Av. Coruña y San Ignacio, Edificio Altana Plaza Of. 401
(593-2) 323-0013 / (323-0076)
info@alpe-law.com”
La fecha de negociación ha sido fijada para el día miércoles 29 de septiembre de 2021.