LIRIS S.A.

Hemos recibido comunicación suscrita por la Abg. Radmila Pandzic Arapov, en calidad de Presidenta de Estudio Jurídico Pandzic & Asociados S.A., donde nos informan lo siguiente

“En atención a lo dispuesto por el Art. 25 de la Ley de Mercado de Valores, en concordancia con lo señalado en el numeral 11 del artículo 5, capítulo l, Titulo V, tomo IX libro II de la Codificación de Resoluciones de la junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, por este medio informo que la Asamblea de Obligacionistas de la QUINTA EMISIÓN DE OBLIGACIONES de la compañía LIRIS S.A. el 11 de agosto del 2021, acordó:

Reformar el límite de endeudamiento de la compañía emisora, que actualmente indica que mantendrá un límite de endeudamiento referente a los pasivos con costo afectos al pago de intereses de hasta 4 veces el patrimonio de la compañía, por el siguiente:

“Mantener durante el periodo de vigencia de la emisión un nivel de endeudamiento referente a los pasivos afectos al pago de intereses hasta el 80% de los activos de la empresa” ”