Hemos recibido de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros el oficio firmado digitalmente por el Ing. Carlos Murillo Cabrera, en calidad de Intendente Nacional de Mercado de Valores, mediante Resolución No. SCVS-INMV-DNAR-2019-00005696 de fecha 17 de julio del 2019, en la que se resuelve:
APROBAR la reforma a : numeral dos punto ocho de la cláusula segunda (lugar de pago); numeral dos punto once de la cláusula segunda (agente de pago); clausula cuarta (representante de los obligacionistas); sección II de la cláusula cuarta (atribuciones del representante de los obligacionistas); sección III de la cláusula cuarta (honorarios del representante de los obligacionistas); y sección I de clausula tercera (asamblea de obligacionistas) de la escritura Pública suscrita el 19 de noviembre de 2014 ante la Notaria Segunda del cantón Quito de la compañía BANCO D-MIRO S.A. que consta en la Escritura Pública celebrada 20 de mayo de 2019 ante la Notaria Primera del cantón Guayaquil; así como el Adendum al prospecto de oferta pública que incorpora esa reforma.