Superintendencia dispone devolver recálculo de interés de tarjetas en notas de crédito

La Superintendencia de Bancos envió este viernes 8 de febrero del 2019, un comunicado a las entidades emisoras de tarjetas de crédito para que comiencen a recalcular los intereses de los usuarios a los que les cobraron intereses utilizando el mecanismo que disponía la resolución 471, que fue derogada el miércoles 6 de febrero.

La resolución 471 estaba vigente desde el 28 de diciembre del 2018 y señalaba que si los usuarios realizaban un consumo corriente y pagaban la cuota mínima o un monto que no fuera el total de la deuda, el interés se calcule desde la fecha en que se realizó la compra y no desde la fecha máxima de pago, como estaba establecido antes.

Pero la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera derogó la resolución luego de que el Presidente Moreno criticara la medida.

De ahí que la Superintendencia indicó hoy, en un comunicado, que “los bancos deben efectuar el recalculo y reverso de los intereses causados por consumos comprendidos entre el 1 de diciembre del 2018 y el 6 de febrero del 2019”.

“Los rubros que excedieron como resultado de la implementación de la metodología de cálculo de intereses, tras la derogatoria de la resolución 471, serán acreditados mediante nota de crédito, en la proporción que corresponda a cada tarjetahabiente, lo que deberá verse reflejado en el siguiente estado de cuenta”, señaló la ‘Súper’.

Tras una reunión extraordinaria, el miércoles pasado, la Junta resolvió que el interés por consumos realizados entre el 1 de diciembre del 2018 y el 6 de febrero del 2019, se calculará conforme a las reglas de la resolución 310 del 2016; es decir, desde la fecha máxima de pago de la tarjeta y ya no desde el día de la compra.

DIARIO EL COMERCIO